Ir al contenido principal

OTRA VEZ CON LAS BAJAS MEDIANTE EL PORTAL



Aprovechando que el Pisuerga pasa por Valladolid… la empresa ha aprovechado la plena vigencia del Real Decreto que regula las bajas médicas para insistir a los trabajadores en que introduzcan las bajas por el portal.

Mediante un documento colgado en el portal titulado “Novetats en la Gestió de la Incapacitat Temporal”, la empresa indica “Amb l’objectiu de poder fer les tramitacions oportunes a la Seguretat Social ó a l’ Institut de la Seguretat Social, dins del termini establert, el treballador podrà fer arribar el comunicat per mail però això no substituirà la comunicació obligatòria a través del Portal.”

Como recordaréis, el pasado 22 de enero de 2015 fue denunciado por CCOO ante la Inspección de trabajo. En la visita efectuada por las representantes de la empresa, estas aseguraron a la Inspección que la entrega mediante el portal es “voluntaria”.

Es por ello que la Inspección no procedió a sancionar a la empresa, pero dejó claro en su resolución que la única obligación del trabajador es entregar el parte de baja antes de 3 días, pero que no es obligatorio que lo haga de forma telemática.

Por supuesto, salvo rectificación pública de la empresa, desde CCOO ya hemos redactado una nueva denuncia para presentar ante la inspección de trabajo. No es agradable tener que denunciar a la empresa, pero no podemos permitir que la empresa siga obstinada en que se hagan las cosas como les vaya bien, sean o no acordes a ley, más en un caso tan evidente, y que ya se han hablado con la dirección en varias ocasiones.

Finalmente, esta Sección Sindical ha tenido conocimiento de los problemas sufridos por una trabajadora, a la que el Departamento de Personas había extraviado los partes de baja y alta que entregó puntualmente, como quedó demostrado. A fin de evitar problemas con el pago de su nómina le indicaron que debía acudir a su centro de salud a por una copia de las mismas.

La guinda de todo este asunto, viene cuando al entregar la copia conseguida en el Centro de Salud, le indican que para evitar estas situaciones tan delicadas que afectan directamente al cobro de la nómina está la opción de tramitar las bajas por el portal. Como si de una nueva campaña de obligar a los trabajadores a incluir las bajas por el portal se tratase.

Desde CCOO, nos gustaría recordar a la empresa que:

  1. El art. 29 de Estatuto de los Trabajadores dice textualmente: “La liquidación y el pago del salario se harán puntual y documentalmente en la fecha y lugar convenidos o conforme a los usos y costumbres.”, dando además un plazo de un mes entre un pago y otro. Queda claro pues, que ustedes no tienen derecho a retener su nómina.
  2. Que en caso de efectuar alguna retención de nómina, sería obligado por parte de la empresa abonar también los intereses por demora que se indican en el punto tercero del mismo artículo.
  3. Que el artículo 32 del Estatuto de los Trabajadores “Garantías del salario”, indica de forma inequívoca, que el pago del salario de los trabajadores tiene preferencia ante cualquier otro pago, por lo que de pagar la más mínima factura antes que un salario estarían incurriendo en una ilegalidad.

Deseamos también efectuar queja pública, ya que entendemos que lo que está haciendo la trabajadora al acudir a su centro de salud para facilitarles una copia es un favor. Y consideramos muy desafortunado pedir favores mediante la amenaza de no abonar la nómina, más bien deberían ustedes darles las gracias.

Os adjuntamos imagen de la resolución de la Inspección.


Comentarios

Entradas más populares

Carta de queja sobre el trato recibido por un trabajador de BSM en TEBEX

Esta es la carta que los delegados de prevención de CCOO_BSM entregaron ayer, día 28 de febrero de 2013, al Servicio de Prevención del BSM en el seno del Comité de Seguridad y Salud, para dejar constancia del trato recibido por el trabajador (y también delegado de prevención CCOO) Josep Prats, con motivo de su asistencia a la revisión a la que fue citado por la empresa TEBEX, contratada por BSM para el control del absentismo. A/A RESPONSABLE DE PREVENCION DE B:SM Y DIRECCIÓN DE BSM DE JOSEP PRATS MOTOS La intención de esta comunicación escrita es dejar constancia del trato dispensado por parte de la empresa TEBEX, que colabora actualmente con B:SM para combatir el absentismo laboral. Trabajan mediante procesos de control y acoso a las personas que sufren una IT (incapacidad temporal por contingencia común), y consulta por parte de un PRESUNTO medico. (Ya que a mi no se me quiso acreditar dicha persona como tal en ningún momento. Dicha empresa, con la consulta si...

Despido Oscar Rodriguez

El pasado lunes 6 de mayo, a la finalización de su jornada, la Dirección de BSM, procedió a despedir a nuestro compañero y exdelegado sindical de CCOO , Oscar Rodríguez, el cual desempeñaba las funciones de Oficial de Instalaciones en el Palau Sant Jordi. Los hechos que le imputan a nuestro compañero se remontan 1 mes y medio atrás, y no son otros que tener una conversación inapropiada, en un contexto determinado , y con ninguna mala intención, sobre una tercera persona, que también trabaja en las instalaciones del Palau Sant Jordi, y la cuál acaba siendo informada. En ningún momento , los comentarios de los cuáles le acusan se hacen delante de la persona afectada. Nuestro compañero, en cuánto tiene conocimiento de que su participación en la conversación con otro compañero, ha llegado a la trabajadora en cuestión, le manifestó su pesar por la situación creada y se disculpó, sin conocer en ningún momento la exactitud de los comentarios que le habían hecho llegar. Todos l...

Médicas "policía" y el control del absentismo

¿Qué son las personas médicas policía?  Son personas supuestamente licenciadas en medicina que trabajan para subcontratas de una empresa principal para controlar a las personas trabajadoras en situación de baja por contingencia común tramitada por el Servicio Público de Salud.  Se ofrecen como servicios médicos complementarios, y se venden como una mejora en la atención sanitaria a la persona trabajadora que está de baja por enfermedad común. Detrás de esta “buena intención”, en realidad está el control del absentismo, para comprobar si realmente no puede trabajar, no si está sanado de su lesión o enfermedad. Podéis imaginar que todo esto supone una presión, más o menos directa, para que la persona trabajadora solicite el alta cuanto antes, poniendo incluso en riesgo su salud. En el caso del Grupo BSM, el control del absentismo lo ejerce la empresa GESEME, a la que BSM abona la cantidad de 87.507,20 euros por un período de 2 años (2021-2022) y que puede ganar un bonus anual ...