En un lugar de Barcelona, no hace mucho tiempo, las personas trabajadoras establecían un contrato social con su empleador por el cual ambas partes se beneficiaban mútuamente tanto del desarrollo de la actividad económica y la generación de plusvalías, como del desarrollo profesional de las personas empleadas y de sus condiciones laborales. Desgraciadamente, para BSM últimamente sólo se contemplan los beneficios que atañen al empleador en este aspecto, y la Inspección de Trabajo está dando cuenta de ello.
El pasado 3 de junio recibimos informe de contestación para el denunciante comunicando que los hechos constatados en el proceso de comunicación y denegación por parte de la empresa de la solicitud de un Permiso Individual de Formación realizado por una compañera constituyen un INCUMPLIMIENTO de la legislación que regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral.
Dicho incumplimiento constatado constituye una INFRACCIÓN laboral tipificada y calificada como GRAVE. Una más para el laureado expediente de procedimientos administrativos sancionadores de la empresa.
Desde la sección sindical de CCOO_BSM estamos decididos a hacer respetar el derecho de las personas trabajadoras a acceder a los PIF que se ajusten a la normativa, como herramienta formativa a su alcance para facilitar el desarrollo profesional, y por tanto, también el personal que eso conlleva. Seguiremos defendiendo que el acceso a formación de calidad sea de alcance transversal a toda la plantilla de la empresa, evitando que solo puedan tener acceso privilegiado algunos elegidos por dedocracia para acceder a estudios, incluso mediante subvención por parte de la empresa. Es público y notorio entre el personal los problemas tanto en formación como en promoción interna que venimos sufriendo en los últimos años, y por nuestra parte no vamos a cesar en el intento de cambiar dinámicas que están muy alejadas de la ética y las políticas de transparencia que se deberían esperar de una empresa pública como la nuestra.
Para más información sobre el Permiso Individual de Formación, podéis consultar el siguiente enlace, también los responsables de RRHH y distintas Unidades que no tienen claro en que consiste este derecho:
FUNDAE. Permiso Individual de Formación (PIF)
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