El pasado 21 de julio, la Sección Sindical de CCOO entregó
una carta a la dirección de recursos humanos de BSM en la que les solicitamos
una reunión para abordar de nuevo la contratación de Parc Güell.
El objeto de la reunión solicitada es que la ley indica
claramente que los contratos eventuales por circunstancias de la producción se
han de formalizar para “atender las exigencias circunstanciales del mercado,
acumulación de tareas o exceso de pedidos”, cosa que no ocurre en Parc Güell,
ya que la temporada alta es absolutamente previsible ya que es una actividad que se repite en el tiempo, es más, es la propia empresa quien decide cuando se inicia y cuando termina, por lo que entendemos que el
contrato correcto para estos trabajadores es el de fijo a tiempo parcial, es
decir, que sean indefinidos con un número determinado de horas anuales.
Aclarar que este tipo de contrato permite determinar un
número de horas anuales a efectuar por el trabajador (las que dure la temporada alta)
distribuyendo las mismas mediante jornadas completas (es decir seguirían con los mismos cuadrantes), y
que caso de ser necesario se podrían aumentar el número de horas anuales con la concertación de horas
complementarias.
Evidentemente, caso de no llegar a un acuerdo satisfactorio CCOO acudiría a la Inspección de Trabajo para que determinase si los contratos se
han efectuado de manera correcta, como ya hizo la Sección Sindical de CCOO con
los contratos de Obra y Servicio provocando el acuerdo que convirtió dichos
contratos en indefinidos y que recientemente se ha terminado de cumplir con la
formalización de los contratos indefinidos de los compañeros/as de Plataforma
Logística en Parc Güell. Aunque esperamos poder solucionar este tema mediante
la vía del diálogo.
Por otra parte, solicitamos el número de trabajadores necesarios para cubrir la temporada baja, para determinar si es necesario aumentar el número de trabajadores indefinidos a tiempo completo.
Por desgracia, en la sociedad empresarial está extendida la creencia que es bueno tener el menor número posible de trabajadores fijos, y es por esto que desde CCOO consideramos que (junto a la salud laboral) el seguimiento de la contratación es la principal obligación de los sindicatos como organización de lucha para defender los derechos de los trabajadores. Que estos trabajadores tengan un contrato fijoo a tiempo parcial no es un favor, es hacer cumplir la ley.
Por desgracia, en la sociedad empresarial está extendida la creencia que es bueno tener el menor número posible de trabajadores fijos, y es por esto que desde CCOO consideramos que (junto a la salud laboral) el seguimiento de la contratación es la principal obligación de los sindicatos como organización de lucha para defender los derechos de los trabajadores. Que estos trabajadores tengan un contrato fijoo a tiempo parcial no es un favor, es hacer cumplir la ley.
Finalmente, además de los aspectos legales, creemos que es bueno para
los trabajadores, para la empresa y para el servicio a la ciudadanía, que sean
los mismos trabajadores los que cubran cada año la temporada alta, ya que
indudablemente da una estabilidad al trabajador y aumenta la profesionalidad de
los mismos.
Os adjuntamos la imagen de la carta entregada para quienes
estén interesados en leer el texto íntegro.
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