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Agents Cívics: Reconversió inmediata a jornada completa

Només han passat dues setmanes, des de que va entrar en vigor la nova jornada parcial, que la empresa va aplicar als companys que van signar contracte indefinit fa poc, i ja podem constatar que:

- Amb el mateix número de treballadors, el servei es cobreix pitjor que quan estaven a jornada completa, convertint-se en habitual deixar serveis diaris sense cobrir.

- Una jornada de 12h per als serveis en dies feiners, resulta esgotador física i mentalment per a qualsevol treballador, tot i estar en temporada baixa i esdevé un greu risc psicosocial. No ens volem imaginar com seria aquest esgotament, en temporada alta i la calor de l’estiu.

- La ciutadania percep un pitjor servei, perquè resulta evident la poca presència d’agents a les zones d’actuació, havent-se manifestat ja diverses queixes verbals en aquest sentit.

Es per això, que des de CCOO_BSM, ens reforcem en la posició contrària a aquesta jornada parcial que vam prendre des de l’inici, que representa una regressió en condicions laborals per als treballadors, i de qualitat de servei per a la Unitat. I amb aquest comunicat sol·licitem:

- Reconversió immediata a jornada completa, de tots els contractes que van ser modificats a jornada parcial, en el moment de la signatura per a esdevenir indefinits a partir del 3 de febrer, amb l’objectiu de recuperar la pèrdua de condicions laborals, millorar la qualitat del servei, i donar compliment a l’article 15.1 de la Llei de Prevenció de Riscos Laborals.

- Que els companys afectats per aquesta jornada, no siguin perjudicats en el gaudi de minis i vacances, de manera que la empresa compensi el perjudici d’aquesta jornada parcial, per a que aquests companys gaudeixin dels mateixos dies i condicions que la resta de companys a jornada completa.

I per tal de resoldre la situació àgilment, ens posem a disposició mitjançant el Comité d'empresa, instant a la Direcció de la Unitat i la Direcció Corporativa de RRHH, per reunir-nos d’urgència i tractar els temes anunciats anteriorment.

Us seguirem informant

Comentarios

  1. LPRL. Artículo 15 Principios de la acción preventiva

    1. El empresario aplicará las medidas que integran el deber general de prevención previsto en el artículo anterior, con arreglo a los siguientes principios generales:

    a) Evitar los riesgos.
    b) Evaluar los riesgos que no se puedan evitar.
    c) Combatir los riesgos en su origen.
    d) Adaptar el trabajo a la persona, en particular en lo que respecta a la concepción de los puestos de trabajo, así como a la elección de los equipos y los métodos de trabajo y de producción, con miras, en particular, a atenuar el trabajo monótono y repetitivo y a reducir los efectos del mismo en la salud.
    e) Tener en cuenta la evolución de la técnica.
    f) Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro.
    g) Planificar la prevención, buscando un conjunto coherente que integre en ella la técnica, la organización del trabajo, las condiciones de trabajo, las relaciones sociales y la influencia de los factores ambientales en el trabajo.
    h) Adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual.
    i) Dar las debidas instrucciones a los trabajadores.

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