Ayer, jueves 30 de octubre, la Dirección de RRHH, colgaba en el portal del empleado un nuevo protocolo sobre la gestión de la incapacidad temporal, en cuanto a la tramitación de los correspondientes partes de baja, confirmación y alta.
Como ocurre siempre en esta empresa, la representación social hemos tenido conocimiento al igual que el resto de trabajadores/as al entrar al portal del empleado, sin recibir información alguna por parte de la Dirección de RRHH, ni de este cambio ni de su implantación.
El cambio será efectivo a partir de mañana día 1 de noviembre, dejando 1 escaso día de margen para observar los numerosos cambios que han introducido.
Os adjuntamos copia de la primera hoja del protocolo de nueva gestión, el cual os podéis descargar en el portal, o solicitárnoslo directamente a nosotros, al correo bsm@ccoo.cat
Por parte de la sección sindical de CCOO_BSM, en el día de hoy hemos hecho entrega de una carta, por un lado con la queja por la forma de proceder de esta empresa, y por otro solicitando que nos aclaren determinados extremos. Os copiamos el literal de la carta entregada.
A/A
Dirección Corporativa de Personas, organización y RSC
De
Sección Sindical CCOO_BSM
Ayer,
jueves 30 de octubre fue colgado en el portal del empleado, un documento sobre
la nueva gestión de la Incapacidad Temporal que entra en vigor este próximo 1
de noviembre. Nos gustaría que nos aclararan ciertos extremos de dicha
información, así como realizar queja formal ante esta Dirección Corporativa,
por ni siquiera haber informado formalmente a esta sección sindical de
CCOO_BSM.
1. Entendemos que un
cambio en las formas de proceder en un asunto tan delicado, como es la
incapacidad temporal, requiere de un diálogo, debate y consenso si es posible,
para por un lado poder explicar fehacientemente a nuestros compañeros/as, la
forma de proceder a partir de ahora y por otra favorecer la gestión de la
empresa, que entendemos que es el objetivo de esta medida.
2. Dado la premura de la
información colgada en el portal, siendo el 30 de octubre e iniciando dicho
cambio el 1 de noviembre, tan sólo con 1 día de poder informar del cambio,
consideramos que debería posponerse dicho cambio, o en su defecto dejarlo como
algo exclusivamente voluntario.
3. Nos gustaría saber si
esta Dirección, pretende obligar a comunicar exclusivamente mediante portal del
empleado, de los procesos de incapacidad temporal, o si por el contrario es una
opción más para el trabajador/a.
4. Nos gustaría que nos
aclararan, el motivo por el cual si existe la posibilidad de adjuntar el
documento de baja, confirmación o alta, tengamos que rellenar numerosos campos
que ya constan en dicho documento.
5. Nos sorprende que
entre los numerosos campos a rellenar por el trabajador/a, esté el número de
teléfono, como un campo obligado a rellenar, y solicitamos se nos aclare el
motivo por el cual debemos de introducir nuestro número de
teléfono.
Les
recordamos que no todos los trabajadores/as disponen de los medios tecnológicos
tanto para acceder al portal del empleado, como para digitalizar o escanear
documentos.
A la espera de sus
contestaciones y aclaraciones
Reciban un cordial saludo
Desde la Dirección de RRHH, nos han convocado a una reunión para el próximo lunes 10 para tratar este y otros asuntos.
Os seguiremos informando
Os seguiremos informando
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