Ir al contenido principal

Inspección de Trabajo requiere a Dirección BSM a habilitar o mejorar servicios higiénicos por cierre de bares

Hace ya 1 año que las personas trabajadoras de BSM, especialmente los colectivos de AREA y Agents Cívics que realizan su trabajo a pie de calle, sufrimos el cierre del sector de la restauración, con la afectación directa que supuso para la realización de nuestros descansos y asistencia a lugares para realizar nuestras necesidades fisiológicas.

Pues bien, tras la denuncia interpuesta en su día por CCOO ante estos hechos, la Inspección de Trabajo ha REQUERIDO a la Dirección de BSM a

1º) Se requiere a la empresa al objeto de que garantice las condiciones mínimas de SSL en relación a los servicios higiénicos de sus centros de trabajo, procediendo a su habilitación y/o mejora en los supuestos extraordinarios (como los derivados del cierre de bares y restaurantes por la STL/2546/2020) que se puedan dar en el futuro y que afecten al personal que presta sus servicios en la vía pública. En particular, los establecidos en el art. 9 en relación al Anexo V, arts 1 y 2 del RD 486/1997 del 14 de abril (BOE del 23) sobre condiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.

2º) Se requiere a la empresa al objeto de que garantice las condiciones mínimas de SSL en relación a los servicios higiénicos de sus centros de trabajo, procediendo a su habilitación y/o mejora en los supuestos extraordinarios (como los derivados del cierre de bares y restaurantes por la STL/2546/2020) que se puedan dar en el futuro y que afecten al personal que presta sus servicios en la vía pública. En particular, los establecidos en el art. 9 en relación al Anexo V, arts 3 y 4 del RD 486/1997 del 14 de abril (BOE del 23) sobre condiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.

Plazo de cumplimiento: inmediato, una vez se produzcan las condiciones jurídicas (resolución de la Autoridad Sanitaria que declare el cierre de bares y restaurantes) y organizativas (asignación de los trabajadores de calle a los servicios de los centros de trabajo de BSM, S.A.).

En resumidas cuentas dicho requerimiento viene a decir que la Dirección de BSM debe cumplir con  la normativa, en lo que hace referencia a servicios higiénicos y locales de descanso, especificando concretamente lo referente a agua potable, vestuarios, duchas, lavabos y retretes (art. 1 y 2 del Anexo V del RD 486/1997) y en lo referente a locales de descanso y locales provisionales y trabajos al aire libre (art. 3 y 4 del Anexo V del RD 486/1997).

Como podréis observar, la Dirección de BSM nuevamente queda retratada por no cumplir con la legislación laboral básica en lo concerniente a las condiciones mínimas de Seguridad y Salud Laboral, en este caso en relación a los servicios higiénicos de sus centros de trabajo.

Como ya dijimos en su día, la solución inmediata no era una denuncia, ya que esta tardaría mucho (casi 1 año en resolverse) y optamos por la acción directa mediante la convocatoria de huelgas de fines de semana durante un mes, como medida de presión, que sirvió para que la Dirección optara por dejar decidir a las personas trabajadoras, si realizaban descanso o finalizaban antes, hecho que en su día ya dijimos que era insuficiente pero que se logró gracias a la presión y fuerza de las personas trabajadoras.

Esperemos que nunca tengamos que vivir otra pandemia que además conlleve medidas similares a las que vivimos con el cierre de bares y restaurantes, pero si esto vuelve a ocurrir, la Dirección de BSM no podrá alegar excusa alguna para cumplir con sus obligaciones y dotar de lugares de descanso habilitados adecuadamente, tal como nos merecemos las personas trabajadoras de BSM.

Desde CCOO seguiremos siempre luchando para que a las personas trabajadoras se nos trate con respeto y dignidad.

Os mantendremos informados

Comentarios

Entradas más populares

Carta de queja sobre el trato recibido por un trabajador de BSM en TEBEX

Esta es la carta que los delegados de prevención de CCOO_BSM entregaron ayer, día 28 de febrero de 2013, al Servicio de Prevención del BSM en el seno del Comité de Seguridad y Salud, para dejar constancia del trato recibido por el trabajador (y también delegado de prevención CCOO) Josep Prats, con motivo de su asistencia a la revisión a la que fue citado por la empresa TEBEX, contratada por BSM para el control del absentismo. A/A RESPONSABLE DE PREVENCION DE B:SM Y DIRECCIÓN DE BSM DE JOSEP PRATS MOTOS La intención de esta comunicación escrita es dejar constancia del trato dispensado por parte de la empresa TEBEX, que colabora actualmente con B:SM para combatir el absentismo laboral. Trabajan mediante procesos de control y acoso a las personas que sufren una IT (incapacidad temporal por contingencia común), y consulta por parte de un PRESUNTO medico. (Ya que a mi no se me quiso acreditar dicha persona como tal en ningún momento. Dicha empresa, con la consulta si

Despido Oscar Rodriguez

El pasado lunes 6 de mayo, a la finalización de su jornada, la Dirección de BSM, procedió a despedir a nuestro compañero y exdelegado sindical de CCOO , Oscar Rodríguez, el cual desempeñaba las funciones de Oficial de Instalaciones en el Palau Sant Jordi. Los hechos que le imputan a nuestro compañero se remontan 1 mes y medio atrás, y no son otros que tener una conversación inapropiada, en un contexto determinado , y con ninguna mala intención, sobre una tercera persona, que también trabaja en las instalaciones del Palau Sant Jordi, y la cuál acaba siendo informada. En ningún momento , los comentarios de los cuáles le acusan se hacen delante de la persona afectada. Nuestro compañero, en cuánto tiene conocimiento de que su participación en la conversación con otro compañero, ha llegado a la trabajadora en cuestión, le manifestó su pesar por la situación creada y se disculpó, sin conocer en ningún momento la exactitud de los comentarios que le habían hecho llegar. Todos l

SUBIDA IRPF 2012

Click aqui para descargar el BOE En el último consejo de ministros de 2011, el gobierno central ha introducido una serie de medidas como la congelación salarial al sector público, incremento de  horas semanales a 37,5, la no convocatoria de oposiciones con algunas excepciones, la congelación del SMI(642 euros), así como en la medida que nos vamos a centrar en explicar que es una subida temporal del escalado del IRPF para los años 2012-2013, que va desde un 0,75% a un 7% más de retención a cuenta para el estado. Todas estas medidas ya han sido publicadas en el BOE con fecha de 31 de Diciembre de 2011, para ser efectivas a partir del 1 de Enero de 2012. Sobre la medida del IRPF , cabe comentar que las retenciones tendrán en cuenta las situaciones personales y familiares de cada uno/a, pero que afectará practicamente a la totalidad de trabajadores/as de este país, si bien siempre en un escalado, para quién más cobra, más paga. El argumento empleado por el PP, para llevar