Hoy miércoles 12 de noviembre, estábamos convocados a una reunión para tratar los cambios que desde la Dirección de RRHH en BSM, han impuesto unilateralmente sobre la entrega del parte de baja, confirmación y alta de los procesos de IT (Incapacidad Temporal). También se han tratado otros asuntos que más abajo os contamos.
En cuanto a la cuestión planteada desde la Dirección de RRHH, han argumentado este cambio como un nuevo canal por el cual tramitar nuestros procesos de enfermedad común mediante el portal del empleado.
Se les ha insistido, en que definan si intentan obligar al trabajador/a con esta nueva gestión y se nos ha manifestado que es un sistema opcional que desde la Dirección de RRHH insistirán a los trabajadores para que se utilice este método.
Por parte de la sección sindical de CCOO_BSM, les hemos recordado que la única obligación legal de los trabajadores/as según normativa, es la entrega física en nuestro centro de trabajo del documento en papel de baja, confirmación o alta que nos puedan entregar en cualquier CAP.
Por otro lado, hemos solicitado nos respondan a las preguntas que desde CCOO_BSM les hicimos por escrito hace ya 13 días y que todavía no nos habían respondido.
En cuanto a tener que rellenar numerosos campos, en caso de adjuntar el documento por el portal, desde la Dirección de RRHH nos contestan que debe ser así por cuestiones técnicas.
Sobre tener que poner siempre nuestro número de teléfono cada vez que adjuntemos un documento de baja, desde la Dirección de RRHH nos lo argumentan con excusas varias sin explicarnos fehacientemente el motivo, más allá de disponer de nuestro número de teléfono, que por cierto ya disponen.
Añadimos también que todos los trabajadores/as no disponen de escaner, ni ordenador, ni acceso al portal del empleado y mucho menos en situaciones donde nuestra salud está debilitada y no nos encontramos en condiciones óptimas como para realizar la tarea de acceder a un portal del empleado, escanear el documento y rellenar numerosos campos, además de la posibilidad de que estemos ingresados en hospital y tengan que ser familiares quienes nos hagan las gestiones.
Entendemos que esta medida si hubiera nacido mediante diálogo con la representación de los trabajadores/as y pudiendo matizar diversas cuestiones podría ser positiva, pero en cambio aplicándola unilateralmente la Dirección de RRHH, sin poder debatir ni modificar nada, es una medida destinada al fracaso como tantas otras.
Nos comentan que desde B:SM se trabaja para que haya nuevas actividades de negocio, sin concretar ni trabajos ni plazos.
También se ha tratado la devolución de la paga extra robada en 2012 a los trabajadores/as de BSM. Tal como se establece en el proyecto de PGE (Presupuestos Generales del Estado) 2015, la devolución del 24,04% del total, que al no estar todavía aprobado como ley, la discusión se ha aplazado, hasta que el texto sea definitivo.
Nos convocarán antes de mediados del mes de diciembre para este asunto.
Sobre los contratos laborales, que según el anteproyecto de PGE 2015 establece una tasa de reposición del 50% y cuando esté la ley aprobada lo trataremos, para poder realizar contratos indefinidos tal como acordamos en julio del 2014 a los trabajadores/as afectados/as.
Desde CCOO_BSM, hemos solicitado también mantener reunión don Dirección Park Güell y Dirección RRHH, para tratar diversos asuntos referentes a la unidad del Park Güell.
También comentan que desde el área de Formación, sacarán cursos para todos los trabajadores/as de inglés en un centro concreto o bien abonar hasta una cuantía máxima para que se realice en cualquier centro. Podéis acceder a la información completa sobre los cursos clicando aquí o debajo de la imagen.
Clic aquí para descargarlo |
Recordamos que los trabajadores/as que NO adelantaron las pagas extras, cobrarán el 15 de diciembre y aquellos/as que optaron por el adelanto cobrarán el 2 de enero la paga extra correspondiente a marzo del 2015.
Os seguiremos informando
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