Ya hace tiempo que en determinados departamentos de BSM, y desde RRHH, ponen trabas a la hora de disfrutar del permiso por hospitalización, ingreso, enfermedad o intervención de familiar, los trabajadores/as no disponen de los tres o dos días que fija el
convenio, según grado de consanguinidad, sino que tienen suerte si la empresa les “otorga” un día de permiso.
La excusas son variadas, múltiples y dispares: que si el familiar ya no
está ingresado no puedes tener el permiso, que si le han dado el alta en
el hospital tienes que ir a trabajar, que si no vas a ir al hospital a
estar con el enfermo no puedes pedir los días, etc...
Todas ellas son injustas e ilegales. Y no lo decimos nosotros, lo dice el Tribunal
Supremo, en una sentencia de fecha 5 de marzo de este mismo año.
El Tribunal Supremo dice que el trabajador tiene derecho a disfrutar del
permiso con independencia del tiempo de hospitalización, y basta con justificar dicha hospitalización, ingreso o intervención sin importar por qué está hospitalizado, ni entrar a
diferenciar si es grave o no.
Además este permiso no se acaba cuando al familiar enfermo recibe el alta
del hospital, sino cuando se hayan agotado los dos o tres días de permiso, porque la
Ley reconoce ese mismo permiso cuando el familiar necesita reposo tras haber sido
intervenido aunque no lo hayan hospitalizado y por tanto, de igual modo, el
trabajador tiene derecho al permiso si al familiar enfermo (aunque le hayan
dado el alta del hospital) no le han dado el alta médica.
Y no sólo eso sino que el Tribunal Supremo explica que la ausencia al trabajo
está justificada por el hecho de que el familiar enfermo requiere por parte del
trabajador de una dedicación y que ésta puede ser el cuidado y atención
personal, física y directa o una dedicación no directamente relacionada con la
atención personal.
De modo que si alguien tenía alguna duda de cómo interpretar el artículo,
tanto del Estatuto como de nuestro Convenio, ahora ya no puede tenerlas, no
basta que el hospital le dé el alta al familiar para que el trabajador tenga
que reincorporarse al trabajo antes de los dos o tres días de permiso.
Reclama tus derechos, no dejes que te prohíban disfrutar de tus días de permiso retribuido.
Cualquier trabajador/a que le pongan trabas al disfrute de este permiso, no dudéis de poneros en contacto con vuestros representantes sindicales.
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