La Dirección de la Empresa, citó ayer Lunes 26 a una representación del comité de empresa para intentar pactar los servicios mínimos en BSM, ante la falta de diálogo por parte de la Dirección y la total voluntad de que aceptáramos su propuesta, el comité de empresa no PACTÓ ningún servicio mínimo a la espera de la orden de la autoridad laboral.
Dicha orden se ha publicado con el DOGC de la Generalitat con fecha 27/03/2012, y en lo referente a BSM, sólo se refiere a las gruas municipales, diciendo literalmente lo siguiente:
"Servei de grues: la retirada de vehicles que obstaculitzin la circulació viària, els vehicles estacionats en passos de vianants i els que ocupin les places d'aparcament reservades a les persones amb discapacitat, i el seu trasllat al dipòsit de vehicles: un terç del servei habitual. També s'ha de garantir l'assistència dels vehicles avariats i accidentats."
Por lo que queda claro que sólo un tercio del personal habitual del servicio de grúa estará obligado a prestar servicios mínimos en BSM, el resto de personas o departamentos como por ejemplo Aparcamientos (dónde la propuesta en PAM por parte de la Dirección fue del todo increíble, ya que solicitaban que trabajara más personal del que hay a diario), dónde la Dirección de la empresa quiera obligar a realizar servicios mínimos será considerado ILEGAL, ya que carece de motivación como servicio esencial a la comunidad, no está incluido en esta orden de obligado cumplimiento y tampoco tendrá el consenso ni pacto de la representación social.
Si algún trabajador/a en BSM le obligan a realizar servicios mínimos fuera del servicio de grúas, hacédnoslo saber para proceder a demandar a la Dirección de BSM, por vulneración del derecho de Huelga.
Ahora nos toca movilizarnos y defender nuestros derechos ante la reforma laboral más agresiva nunca conocida y ante los oportunismos de aquellas empresas como la nuestra, que se quieren aprovechar de ella para empeorarnos las condiciones laborales
Comentarios
Publicar un comentario