Como sabéis, el verano pasado
CCOO_BSM interpuso una denuncia ante la inspección de trabajo por los contratos
eventuales que se realizaron para cubrir la temporada alta de Park Güell, al
entender que la temporada alta es algo que se repite en el tiempo, y por lo
tanto corresponde efectuar contratos de tipo “fijo-discontinuo” (art. 16.1 del
R.D. 2/2015).
En circunstancias normales, esto
implicaría que todos los trabajadores que se contratasen para cubrir la
temporada alta en Park Güell se deberían hacer fijos pero, por desgracia, el
Sr. Mariano Rajoy en su ley de Presupuestos Generales del Estado para 2015
limita la capacidad de efectuar contratos fijos a las empresas públicas, a un
50% de su tasa de reposición. Es decir, que pueden hacer un trabajador fijo,
por cada 2 trabajadores fijos que causen baja en la empresa (bajas voluntarias,
despidos, etc…)
De conseguir este objetivo, los
trabajadores/as que se contratasen para cubrir la temporada alta siempre
deberían ser los mismos lo que, a pesar de no proporcionar trabajo todo el año,
sin duda proporcionaría unas mejores condiciones laborales y personales, además de un mejor servicio, ya que los trabajadores/as contratados acumularían experiencia de años anteriores.
La empresa alega que en 2015 la
tasa de reposición fue de 69 trabajadores, y como ya efectuó 34 contratos
indefinidos no puede realizar más en 2015 (por la ley de presupuestos generales),
y eso es cierto, si realmente los trabajadores que abandonaron la empresa
fueron 69 trabajadores, en 2015 no pueden hacer más fijos, pero eso no quiere
decir que puedan seguir contratando “en fraude de ley” de por vida.
Para 2016, la ley de Presupuestos
Generales indica una tasa de reposición del 100%, es decir, que por cada
trabajador que abandone la empresa, se podrá contratar un trabajador fijo, y
esa es nuestra guerra, que nos informen de los trabajadores que dejan la
empresa para poder exigir que se empiecen a realizar contratos indefinidos, información que a día de hoy se niegan a proporcionarnos, lo que limita enormemente nuestra capacidad negociadora.
Resulta cuando menos curioso que
la cifra de 69 trabajadores (que la empresa indicó a la Inspección de Trabajo),
de justo para hacer 34 contratos indefinidos. Recordaos que esos 34 contratos
indefinidos son los que se efectuaron en Park Güell porque CCOO denunció los
contratos de Obra y Servicio que estaban claramente en “fraude de ley”.
Recordaos también, que en aquel
momento la empresa (ante una segura resolución de la Inspección a favor de CCOO
en cuanto a los contratos de Obra y Servicio), y para no reconocer el trabajo
de CCOO, efectuó un acuerdo con el Comité de Empresa, disfrazando el
cumplimiento de la resolución como un “acuerdo voluntario”. Ahora, después de
ver la resolución, nos acordamos de aquella reunión en la que la empresa
informó de su “voluntad” de efectuar algunos contratos “fijos-discontinuos”
para cubrir la temporada alta, aunque a día de hoy, lo único que hemos visto
son 27 contratos eventuales para cubrirla y ni un solo contrato “fijo-discontinuo”,
por lo que daremos traslado a la empresa para que comience a poner orden en la
contratación.
En este sentido avanzaros que
CCOO ya ha puesto una denuncia ante la Inspección de Trabajo por decenas de
contratos efectuados (a nuestro entender) en fraude de ley durante 2015, cuyas actuaciones os iremos informando. Deciros
también, que como es preceptivo por ley, antes de denunciar ante la inspección
los 27 contratos eventuales realizados este año, hemos de iniciar un proceso de
negociación.
El camino para luchar por unos
contratos “fijos-discontinuos” para cubrir la temporada alta es largo y
complicado, especialmente por la tasa de reposición que desde el gobierno
central nos impone, más teniendo en cuenta la cantidad de contratos en BSM en
la misma situación que los compañeros de Park Güell.
Es una tarea de meses (al igual
que con los contratos de 2015 de otras unidades), intentar conseguir los
contratos indefinidos mediante la vía del diálogo con la empresa conlleva un
tiempo importante, y caso de no obtener los frutos deseados, se debería acudir
a la Inspección de Trabajo, que suele tardar de 6 meses a 1 año en resolver
aunque, al existir una denuncia del año anterior ya resuelta, es posible que los
plazos se acortasen sensiblemente.
Otro aspecto importante de la
resolución es que requiere a BSM para que nos proporcione una información vital
para poder hacer el correcto seguimiento de la contratación cuando indica
textualmente: “proporcione a la representación legal de los trabajadores la
información relativa a las previsiones empresariales al respecto, incluyendo la
composición y evolución de la plantilla y los criterios empleados para el
cálculo de las mismas.”
Deciros que, aunque han pasado 4
meses del requerimiento de la Inspección para que proporcione esta información
a la representación de los trabajadores, como vienen siendo habitual, a día de
hoy no nos ha proporcionado esta información, que tras solicitarla reiteradamente
por correo electrónico, recibiendo contestaciones del tipo “le invito a que
visite nuestra web” o “está en la memoria de sostenibilidad” (sin que la
memoria haya sido publicada a día de hoy), nos hemos visto forzados a poner
otra denuncia por incumplimiento de la resolución.
Si deseáis leer la resolución de
la Inspección podéis descargarla pinchando aquí.
Comentarios
Publicar un comentario