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Inspección de Trabajo da la razón a CCOO_BSM sobre los contratos de temporada alta en Park Güell



Como sabéis, el verano pasado CCOO_BSM interpuso una denuncia ante la inspección de trabajo por los contratos eventuales que se realizaron para cubrir la temporada alta de Park Güell, al entender que la temporada alta es algo que se repite en el tiempo, y por lo tanto corresponde efectuar contratos de tipo “fijo-discontinuo” (art. 16.1 del R.D. 2/2015).

En circunstancias normales, esto implicaría que todos los trabajadores que se contratasen para cubrir la temporada alta en Park Güell se deberían hacer fijos pero, por desgracia, el Sr. Mariano Rajoy en su ley de Presupuestos Generales del Estado para 2015 limita la capacidad de efectuar contratos fijos a las empresas públicas, a un 50% de su tasa de reposición. Es decir, que pueden hacer un trabajador fijo, por cada 2 trabajadores fijos que causen baja en la empresa (bajas voluntarias, despidos, etc…)

De conseguir este objetivo, los trabajadores/as que se contratasen para cubrir la temporada alta siempre deberían ser los mismos lo que, a pesar de no proporcionar trabajo todo el año, sin duda proporcionaría unas mejores condiciones laborales y personales, además de un mejor servicio, ya que los trabajadores/as contratados acumularían experiencia de años anteriores.

La empresa alega que en 2015 la tasa de reposición fue de 69 trabajadores, y como ya efectuó 34 contratos indefinidos no puede realizar más en 2015 (por la ley de presupuestos generales), y eso es cierto, si realmente los trabajadores que abandonaron la empresa fueron 69 trabajadores, en 2015 no pueden hacer más fijos, pero eso no quiere decir que puedan seguir contratando “en fraude de ley” de por vida.

Para 2016, la ley de Presupuestos Generales indica una tasa de reposición del 100%, es decir, que por cada trabajador que abandone la empresa, se podrá contratar un trabajador fijo, y esa es nuestra guerra, que nos informen de los trabajadores que dejan la empresa para poder exigir que se empiecen a realizar contratos indefinidos, información que a día de hoy se niegan a proporcionarnos, lo que limita enormemente nuestra capacidad negociadora.

Resulta cuando menos curioso que la cifra de 69 trabajadores (que la empresa indicó a la Inspección de Trabajo), de justo para hacer 34 contratos indefinidos. Recordaos que esos 34 contratos indefinidos son los que se efectuaron en Park Güell porque CCOO denunció los contratos de Obra y Servicio que estaban claramente en “fraude de ley”.

Recordaos también, que en aquel momento la empresa (ante una segura resolución de la Inspección a favor de CCOO en cuanto a los contratos de Obra y Servicio), y para no reconocer el trabajo de CCOO, efectuó un acuerdo con el Comité de Empresa, disfrazando el cumplimiento de la resolución como un “acuerdo voluntario”. Ahora, después de ver la resolución, nos acordamos de aquella reunión en la que la empresa informó de su “voluntad” de efectuar algunos contratos “fijos-discontinuos” para cubrir la temporada alta, aunque a día de hoy, lo único que hemos visto son 27 contratos eventuales para cubrirla y ni un solo contrato “fijo-discontinuo”, por lo que daremos traslado a la empresa para que comience a poner orden en la contratación.

En este sentido avanzaros que CCOO ya ha puesto una denuncia ante la Inspección de Trabajo por decenas de contratos efectuados (a nuestro entender) en fraude de ley durante 2015, cuyas actuaciones os iremos informando. Deciros también, que como es preceptivo por ley, antes de denunciar ante la inspección los 27 contratos eventuales realizados este año, hemos de iniciar un proceso de negociación.

El camino para luchar por unos contratos “fijos-discontinuos” para cubrir la temporada alta es largo y complicado, especialmente por la tasa de reposición que desde el gobierno central nos impone, más teniendo en cuenta la cantidad de contratos en BSM en la misma situación que los compañeros de Park Güell.

Es una tarea de meses (al igual que con los contratos de 2015 de otras unidades), intentar conseguir los contratos indefinidos mediante la vía del diálogo con la empresa conlleva un tiempo importante, y caso de no obtener los frutos deseados, se debería acudir a la Inspección de Trabajo, que suele tardar de 6 meses a 1 año en resolver aunque, al existir una denuncia del año anterior ya resuelta, es posible que los plazos se acortasen sensiblemente.

Otro aspecto importante de la resolución es que requiere a BSM para que nos proporcione una información vital para poder hacer el correcto seguimiento de la contratación cuando indica textualmente: “proporcione a la representación legal de los trabajadores la información relativa a las previsiones empresariales al respecto, incluyendo la composición y evolución de la plantilla y los criterios empleados para el cálculo de las mismas.”

Deciros que, aunque han pasado 4 meses del requerimiento de la Inspección para que proporcione esta información a la representación de los trabajadores, como vienen siendo habitual, a día de hoy no nos ha proporcionado esta información, que tras solicitarla reiteradamente por correo electrónico, recibiendo contestaciones del tipo “le invito a que visite nuestra web” o “está en la memoria de sostenibilidad” (sin que la memoria haya sido publicada a día de hoy), nos hemos visto forzados a poner otra denuncia por incumplimiento de la resolución.

Si deseáis leer la resolución de la Inspección podéis descargarla pinchando aquí.

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